LA NEGATIVA DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD A RELACIONARSE CON EL PROGENITOR ALIMENTANTE COMO CAUSA DE EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS EX ARTÍCULO 93-2 DEL CODIGO CIVIL
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ALIMENTOS Y TOROS
Se reduce objetivamente, y en un porcentaje del 30%, la pensión alimenticia a abonar por un padre a sus dos hijos menores ante el hecho notorio de la crisis que afecta al mundo de la tauromaquia.
Pensión de alimentos y rendimiento académico
Se afronta, en este caso, la limitación temporal a un año de una pensión de alimentos correspondiente a un hijo mayor de edad dependiente de sus padres (24 años) por nulo rendimiento académico del mismo
Segunda oportunidad (insolvencia del padre) & Pension de alimentos (STS Pleno núm. 86/2019)
El acuerdo extrajudicial de pagos sólo puede afectar a los créditos anteriores a su solicitud, incluidos también los de alimentos ya devengados, pero no a los posteriores